Informe Candidaturas Chile: ¿Cómo van los partidos con la cuota de género?

 

Por Rocío Jeria, Ian Mackinnon y Javier Sajuria

El pasado fin de semana (3 de septiembre) el Servel publicó la lista de candidaturas aceptadas y rechazadas al Congreso. Eso le da a los partidos, según la ley, un plazo de 4 días para subsanar las declaraciones, ya sea retirando o presentado nuevas candidaturas. Este tema es particularmente relevante en el contexto de la ley de cuotas, pues el no cumplimiento con la norma establece como sanción el rechazo de la totalidad de las candidaturas presentadas por los partidos políticos que estén bajo el umbral mínimo de 40%[1].

A la espera del cierre de la etapa de reclamos de candidaturas rechazadas y la posterior inscripción definitiva de las mismas –lo que ocurrirá durante la próxima semana-, Candidaturas Chile procedió a revisar cuál es el actual estado de candidaturas por partidos. Es decir, cuáles colectividades no estarían cumpliendo con la ley de cuotas si es que no subsanan los rechazos presentados por el Servel.

Así, hemos detectado que,

  • de los candidatos al Senado sólo el 71% de los partidos cumple actualmente con la cuota y, en su mayoría, presenta el mínimo de 40% de candidatas (RN, AMPLITUD, TODOS, RD Y CIUDADANOS). La situación más crítica corresponde al Partido Democracia Regional Patagónica (DR) donde fueron rechazadas dos candidatas quedando con sólo un candidato en competencia.

Fuente: www.candidaturaschile.cl

  • Respecto a los candidatos a diputados, 10 partidos no están cumpliendo hoy con la cuota, lo que corresponde casi al 39% de estos. Además, siguiendo la misma lógica de los candidatos a la Cámara Alta, la mayoría de los partidos cumple la cuota en el mínimo de 40% de representación femenina, lo que indica la dificultad que tuvieron los partidos para presentar candidatas dentro de las listas parlamentarias.

Fuente: www.candidaturaschile.cl

Cabe recordar que fueron inscritas nueve listas parlamentarias:

Listas Partidos Políticos
Chile Vamos Renovación Nacional

Unión Demócrata Independiente

Partido Evolución Política

Partido Regionalista Independiente

Sumemos Ciudadanos

Amplitud

Todos

Coalición Regionalista Verde Democracia Regional Patagónica

Federación Regionalista Verde Social

Convergencia Democrática Partido Demócrata Cristiano

Partido Izquierda Ciudadana de Chile

Mas Región

La Fuerza de La Mayoría Partido Socialista

Partido Radical Socialdemócrata

Partido Comunista de Chile

Partido por la Democracia

Frente Amplio Revolución Democrática

Poder

Partido Humanista

Partido Ecologista Verde

Partido Liberal de Chile

Partido Igualdad

Por todo Chile Partido Progresista

PAIS

Unión Patriótica Unión Patriótica
Partido de Trabajadores Revolucionarios Partido de Trabajadores Revolucionarios

 

Es altamente improbable que los partidos no cumplan con las cuotas, pues aún tienen tiempo de subsanar los rechazos del Servel. Sin embargo, esta información revela lo complejo que ha sido el proceso de buscar mujeres para ser candidatas. Aquellos partidos que actualmente no cumplen con el 40% tienen dos opciones: o bajan candidatos hombres, o reemplazan las mujeres que han sido rechazadas por otras.

Senadores:

Partido Cuota Hombre (%) Cuota Mujer (%)
RN 60 40
PDC 64 36
PPD 70 30
UDI 58 42
PS 50 50
PRSD 75 25
PC 50 50
PH 50 50
PRO 40 60
IGUALDAD 50 50
MAS 0 100
DRP 100 0
PL 50 50
PAIS 50 50
AMP 60 40
EVO 50 50
UPA 67 33
POD 67 33
TODOS 60 40
RD 60 40
CIU 60 40
IND 100 0

 

Diputados:

Partido Cuota Hombre

(%)

Cuota Mujer (%)
RN 58 42
PDC 59 41
PPD 62 38
UDI 61 39
PS 59 41
PRSD 63 37
PC 55 45
PH 61 39
PEV 52 48
PRO 063 73
IGUALDAD 60 40
MAS 63 37
PRI 60 40
DRP 45 55
PL 63 37
PAIS 56 44
AMP 61 39
IC 80 20
EVO 58 42
UPA 60 40
POD 62 38
TODOS 57 43
RD 51 49
CIU 58 42
FRVS 50 50
PTR 50 50
IND 91 9

 

[1] La Ley 18700, Orgánica sobre Votaciones y Escrutinios, indica en su Artículo 17, letra B, que el Consejo del Servicio Electoral debe dictar una resolución indicando “La aceptación o rechazo de la totalidad de las declaraciones de candidaturas a diputado o senador, según corresponda, declaradas por cada partido político, en conformidad a lo dispuesto en los incisos cuarto y quinto del artículo 3° bis. El Consejo del Servicio Electoral deberá rechazar la totalidad de las declaraciones de candidaturas a diputado o senador, según corresponda, realizadas por los partidos políticos, estén o no en pacto electoral, que no cumplan con el porcentaje de sexos establecido en el inciso quinto de dicho artículo.

A su vez, el  inciso cuarto del mismo artículo señala que: “Los partidos políticos cuya totalidad de declaraciones de candidaturas a diputado o senador, según corresponda, sean rechazadas en conformidad a lo dispuesto en la letra b) de este artículo, podrán corregirlas ante el Servicio Electoral dentro de los cuatro días hábiles siguientes a la fecha del despacho del correo electrónico que notifica la resolución a que alude el inciso primero, con el fin de ajustarse al porcentaje de sexos dispuesto en el inciso quinto del artículo 3° bis, ya sea retirando declaraciones de candidaturas o declarando otras nuevas”.

Información disponible en: https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=30082

 

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