Este artículo apareció inicialmente en el sitio web de Radio Duna
El año 2015 se publicó la Ley 20.840 que exige de forma temporal a los partidos políticos que ni los candidatos hombres ni las candidatas mujeres pueden superar el 60% del total de candidatos presentados. Como se lee en la ley: “Este porcentaje será obligatorio y se calculará con independencia de la forma de nominación de las candidaturas. La infracción de lo señalado precedentemente acarreará el rechazo de todas las candidaturas declaradas a diputados o a senadores, según corresponda,del partido que no haya cumplido con este requisito”.
Como da cuenta un informe de Candidaturas Chile, entre las elecciones de 1989 y 2013 se puede observar que existía un promedio de 15% de candidatas a la Cámara de Diputados y un porcentaje aún menor de mujeres electas. En las próximas elecciones, de un total de 959 candidatos, se presentó un 41% de mujeres lo que corresponde a 396 candidatas a diputadas, de las que sólo 14 son incumbentes.
En el caso del Senado, el promedio de candidatas entre 1993 a 2009 es de 8,3%, destacando el año 2001 con un 4,3% de mujeres postulantes y el alza de un 11% para las elecciones de 2009. Para las próximas elecciones, se observa la participación de un 41% de candidatas, lo que corresponde a un total de 54 mujeres de las cuales sólo 4 son incumbentes, lo que podría permitir una renovación y un gran aumento de mujeres electas para conformar el Senado.